ZONA JURÍDICA

Modificación del tipo de impuesto por las ventas minoristas de hidrocarburos aprobada por la ley de acompañamiento a los presupuestos

 
A la espera de su publicación en ell DOGC, el redactado que publica el Boletín parlamentario como definitivo es el siguiente:“Sección sexta. Impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos Artículo 66. Tipo de impuesto con efectos desde el 1 de abril de 2012, el tipo de impuesto autonómico del impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos, para los suministros efectuados en Catalunya, para los diferentes carburantes, es el siguiente: a) Gasolinas: 48 euros por 1.000 litros. b) Gasóleo de uso general: 48 euros por 1.000 litros. c) Gasóleo de usos especiales y de calefacción: 6 euros por 1.000 litros. d) Fuel: 1 euro por tonelada. e) Queroseno de uso general: 24 euros por 1.000 litros.”

SBC-BaAdvocats
 
VOLVER


 
Nueva tasa judicial sobre las estancias en establecimientos turísticos
 
La propuesta de Ley de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos aprobada en el pleno del parlamento de Catalunya el 14 de marzo y publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Catalunya el 20 de marzo de 2012, prevé la creación de una Nueva Tassa Judicial.
 
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la Administración de justicia de competencia de la Generalitat, a instancia de parte, en los órdenes jurisdiccionales civil y contencioso administrativo, en órganos judiciales con sede en Catalunya. Las tasas establecidas en el orden civil son:
 
-Verbal de cuantía superior a 3.000 euros ... 60 euros- Ordinario .... 120 euros- Monitorio de cuantía superior a 3.000 euros ... 60 euros- Cambiario de cuantía superior a 3.000 euros ... 90 euros- Ejecución de títulos extrajudiciales de cuantía superior a 3.000 euros y de títulos judiciales de cuantía superior a 6.000 euros ... 120 euros- Concursal ... 120 euros- Apelación ... 120 euros- Casación e infracción procesal ... 120 euros. En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo las tasas son:- Abreviado de cuantía superior a 3.000 euros ... 90 euros- Ordinario de cuantía superior a 3.000 euros ... 120 euros- Apelación ... 120 euros- Casación ... 120 euros.
 
Están exentas el procesos sobre temas relativos a materia de sucesiones, familia y estado civil de las personas, uno los contenciosos en materia de personal, protección de los derechos fundamentales de la persona y actuación de la Administración electoral, así como la impugnación directa de disposiciones de carácter general. Las personas físicas o jurídicas que tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, y las entidades totalmente exentas del Impuesto sobre Sociedades también disfrutarán de exención.

SBC-BaAdvocats

VOLVER